Este sitio nació para publicar una norma: el D.S. N.° 124-2026-PCM, que declaró en emergencia a
893 distritos. Pero una declaratoria no viene sola. Aquí se sigue lo que se publica después y que
cambia lo que un gobierno local puede hacer con ella.
El sitio responde dos preguntas distintas y no las mezcla: cuánto puede
comprometer cada distrito por Obras por Impuestos —el tope que aparece en cada ficha— y
en qué puede gastarlo, que es lo que fija cada norma de esta sección.
El MTC publica la lista cerrada de servicios que pueden contratarse por Obras por Impuestos bajo el régimen excepcional del D.U. 010-2026: 19 de Transportes y 7 de Comunicaciones. Es la primera de una serie: cada sector tiene cinco días hábiles para publicar la suya.
El Minedu aprueba la relación de servicios educativos que pueden contratarse por Obras por Impuestos bajo el régimen excepcional del D.U. 010-2026: ocho en total, de los cuales tres ya venían de la R.M. N.° 250-2026-MINEDU y cinco son nuevos. Van desde el retiro de lodo y la demolición parcial de locales en riesgo de colapso hasta el reparto de kits y la continuidad de las plataformas educativas digitales.
8 servicios en el anexo 3 preguntas abiertas
¿Falta una norma? Esta sección sigue las que tocan la emergencia declarada y el mecanismo de
Obras por Impuestos. Las cifras de distritos, población y topes se publican en
datos abiertos y su origen está en la metodología.